¡Actualízate!: Conoce la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial.

Cuando éramos pequeños, nuestros mayores miedos y temores quedaban personificados en figuras ficticias como el coco, el sacamantecas y otro gran batiburrillo de monstruos que habitaban bajo nuestra cama y dentro de nuestros armarios. No obstante, a medida que nos hacemos mayores nuestros miedos también evolucionan y se vuelven más o menos tangibles. Entre los más recurrentes, nos encontramos con ese micro infarto ocasionado por no sentir que llevamos nuestro teléfono móvil en el bolsillo, la posibilidad de que nos roben nuestros datos bancarios y, sobre todo, las multas y sanciones de tráfico.

En Alquiber velamos por que nuestros compañeros tengan un sueño reparador que no se encuentre frecuentado por esta clase de pesadillas. Por ello, con el fin de evitarte algún que otro disgusto, en este artículo queremos hablarte de la Nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial, la cual entrará en vigor el próximo día 21 de marzo.

Además de mantener nuestro dinero a buen resguardo, conocer las nuevas normas de circulación nos permitirá preservar nuestra seguridad al volante y desarrollar un estilo de conducción más cívico y respetuoso con el resto de los conductores.

Sin más dilación, procedemos a explicar sus diferentes puntos:

Nuevas normas para conductores de vehículos a motor:

  • Los conductores de turismos y motocicletas ya no podrán superar en 20 km/h la velocidad máxima permitida para adelantar a otros vehículos en carreteras convencionales.
  • Usar de forma incorrecta o, directamente, no usar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil y demás elementos de protección será sancionado con la pérdida de 4 puntos. Por su parte, se mantiene la sanción económica en 200 euros.
  • Conducir mientras sujetas con una mano el teléfono móvil será sancionado con la pérdida de 6 puntos (independientemente de si el coche se encuentra parado o en circulación). Por otro lado, la sanción económica se mantiene en 200 euros.
  • Arrojar objetos a la vía que puedan provocar incendios o accidentes conllevará la pérdida de 6 puntos. Asimismo, hacer esto supone una infracción grave y conllevará una sanción de 500 euros.
  • A la hora de adelantar a una bicicleta o a un ciclomotor, es obligatorio ocupar completamente el carril contiguo en vías de 2 o más carriles por sentido. En vías de un solo carril, tendrás que mantener la separación mínima lateral de 1,5 metros o perderás 6 puntos.
  • Los peatones tendrán preferencia de paso sobre todos los vehículos (incluidos los patinetes eléctricos) en los pasos para peatones, en las aceras y en las zonas peatonales.
  • Será obligatorio respetar las restricciones de circulación que responden a los protocolos activos ante episodios de contaminación y de Zonas de Baja Emisión (ZBE).
  • Está prohibido parar o estacionar tu vehículo en el carril bici o en vías ciclistas.
  • Llevar inhibidores de radares o cinemómetros en los vehículos está prohibido, se encuentren conectados o no. Hacerlo supondrá la pérdida de 3 puntos y una sanción económica de 200 euros.
  • El periodo para recuperar el saldo inicial de puntos será de 2 años a partir de la última infracción cometida que supuso la pérdida de puntos.
  • Ahora no resulta obligatorio llevar físicamente el permiso de conducir. En su lugar, podrás acreditar que tienes dicha autorización a través de la App miDGT.
  • A la hora de presentarte a la prueba para obtener o recuperar el permiso de conducir u otro trámite administrativo, está prohibido emplear dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente. Por su parte, colaborar o asistir a otra persona para este fin también será considerado una infracción grave. En caso de hacerlo, el aspirante no podrá presentarse a las pruebas para la obtención o recuperación del permiso en el plazo de seis meses.

Nuevas normas para conductores de ciclomotor:

  • Si tienes una moto o un ciclomotor, podrás utilizar dispositivos inalámbricos certificados u homologados en tu casco para fines de comunicación o navegación.
  • No usar el casco o hacerlo de forma inadecuada te hará perder 4 puntos.

Nuevas normas para conductores de vehículos de movilidad personal:

  • Si eres menor de edad y conduces un vehículo de movilidad personal, tu tasa de alcohol debe ser de 0,0.
  • Queda terminantemente prohibido circular por autopistas y autovías con un vehículo de movilidad personal. Asimismo, tampoco se podrá circular por aceras y pasos peatonales.
  • Si conduces un vehículo de movilidad personal no tendrás prioridad en los pasos de peatones cuando te encuentres subido al patinete. Asimismo, es obligatorio que utilices casco.

Nuevas normas para ciclistas:

  • Si eres menor de edad y conduces, tu tasa de alcohol debe ser de 0,0.
  • Está prohibido parar o estacionar en el carril bici o en vías ciclistas.
  • Aquellos ciclistas que incumplan las normas de seguridad leves serán sancionados con una multa de 100 euros.